Estableciendo beneficios para las personas que sufrieron privación de su libertad con motivo de los hechos del 9 de julio de 1.956 en esta Provincia (B.O. Nº 2118).Modificatoria: Ley Nº 1.787 (B.O. Nº 2.269).
Ley Nº 1631*
Ley Nº 1787*