LEY Nº 1220: Estableciendo que la comercialización de medicamentos y/o preparados medicinales se realizará en forma exclusiva en los lugares autorizados y habilitados por la Autoridad Sanitaria Provincial.
Santa Rosa, 4 de junio de 1990 (B.O. Nº 1.855).

Reglamentada:
Decreto Nº 1.369/91 (B.O. Nº 1909).

Ley Nº 1220

Decreto Nº 1369/91