Ley Nº 1037: Los agentes del Estado Provincial que computen 25 años de servicio en cualquiera de los Poderes del Estado, sus reparticiones, organismos descentralizados o autárquicos, Municipalidades o Comisiones de Fomento,  tendrán derecho a retiro voluntario.

Santa Rosa, 9 de noviembre de 1987 (B.O. Nº 1718).

Ley Nº 1037