Ley Nº 1017: Disponiendo que el Poder Ejecutivo Provincial y los organismos autárquicos y descentraluzados deberán, por única vez, reintegrar los importes correspondientes a haberes mensuales y asignación por asistencia perfecta,en su caso, descontados a los agentes de la administración pública provincial con motivo de la aplicación del Decreto 743/87.

Santa Rosa, 13 de agosto de 1987 (B.O. Nº 1706).

Vetada en su totalidad por Decerto Nº 2194/87

Ley Nº 1017